Revisión constitucional de decisión Jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Competencia (Art. 185.4 y 277 Constitución; Art. 9, 53 y 54 LOTCPC). Materia penal: Plazos: los plazos en el proceso penal tienen carácter perentorio (Art. 143 CPP). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: no hubo violación a derechos fundamentales (Art. 69 Constitución). Garantías (Art. 69 Constitución): derecho de defensa, a ser oído, la obtención de justicia en plazo razonable y la competencia e imparcialidad del juzgador (TC/0006/14). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: no se configura violación alguna a derechos fundamentales si los tribunales han procedido en aplicación de la ley (TC/0057/12; TC/0039/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Rechaza y confirma. Votos particulares: magistrados Castellanos Khoury y Castellanos Pizano.