Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: competencia (Art. 185.4 Constitución; Art. 53 LOTCPC). Sentencia núm. 153. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo no mayor de 30 días (Art. 54.1 LOTCPC). Plazo: finalidad (TC/0156/15). Plazo: empieza a correr desde el momento de su ejercicio (TC/0156/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: extemporáneo (TC/0026/12; TC/0239/13; y TC/0369/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmisible. Resolución núm. 1743-2014. Recurso de oposición: vía recursiva abierta. Resolución núm. 1743-2014: no resuelve una controversia sobre derechos fundamentales. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmisible. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmisible. Voto particular: magistrada Jiménez Martínez.