Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Competencia (Arts. 185.4 y 277 Constitución; Arts. 9, 53, y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos de admisibilidad. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: contra decisiones que hayan la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada con posterioridad al 2010. (TC/0010/13). Sentencia núm. 398-2014: declarada inadmisible por no sobrepasar los 200 salarios exigidos por la ley. Suprema Corte de Justicia: al momento de su decisión lo hizo en base al principio de legalidad. (TC/0057/12). Sentencia TC/0090/14: no puede aplicársele dicho precedente, pues en ese caso no había envuelto una condenación económica. Recurso de casación: objeto. Tribunal Constitucional: no obstante haber pronunciado en la sentencia TC/0489/15, no conforme con la Constitución, en la misma se estableció que será de inconstitucionalidad diferida o temporal. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma. Votos particulares: magistrados Castellanos Khoury y Castellano Pizano.