Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (Art. 185.4 Constitución; Arts. 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: sujeta a la especial trascendencia o relevancia constitucional (Art. 100 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: apreciación (TC/0007/12). Juez de amparo: incorrecta aplicación de la norma al no verificar el plazo de interposición de la acción. Accionante: interpuso la acción (1) año y tres (3) meses después que conoció de su separación de la P.N. Accionante: no hizo ninguna diligencia tendente a hacer cesar la alegada conculcación. Violaciones o faltas continuas: noción (TC/0222/15 y TC/0364/15). Acción de amparo: plazo (Art. 70.2 LOTCPC). Acción de amparo: inadmisible por extemporáneo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Admite, acoge y revoca. Votos particulares: magistrados Acosta de los Santos, Jiménez Martinez, Vásquez Sámuel y Castellanos Khoury.