Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: requisitos de admisibilidad (Art. 95 y 100 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: plazo (Art. 95 LOTCPC). Especial trascendencia y relevancia constitucional (Art. 100 LOTCPC): configuración. Concejo de Regidores: competencias (Art. 52 Ley 176-07). Concejo de Regidores: potestad de otorgar permisos de uso de suelo (Art. 52 literal c Ley 176-07; TC/0152/13). Principio de economía procesal: permite al Tribunal conocer las acciones de amparo (TC/0071/13). Revisión constitucional de sentencia de amparo: acoge. acción de amparo: rechaza.