Detalle sentencia TC/0038/19

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Publicación: Viernes 03 de Mayo , 2019 / 02:53 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-01-2005-0014

Relativo a la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por Inocencio Ortiz Ortiz contra los artículos 164 y 431 del Código Procesal Penal dominicano.

Sumario

Acción directa de inconstitucionalidad. Tribunal constitucional: competencia (Art. 185.1 Constitución; Arts. 9 y 36 LOTCPC). Constitución 2002: normativa aplicable. Legitimación activa: parte interesada (Art. 67.1 Constitución 2002). Parte interesada: noción (TC/0025/15; TC/0017/12). Principio de aplicación inmediata de la Constitución: aplicación (TC/0023/12, TC/0044/12, TC/0054/13, TC/0270/13, TC/0256/14, TC/0380/15, TC/0008/16 y TC/0365/17). Constitución 2015: resulta útil a los fines de resolver los intríngulis del caso. Extradición: noción y modalidades. Principio de reciprocidad: apreciación. Solicitud de extradición: trayectoria y actual modelo acusatorio. Extradición: facultad soberana de los Estados (Art. 4 Convenio de Palermo).  Soberanía: concepto (TC/0315/15). Extradición: el Estado goza de la facultad de decidir cuando se le requiere la entrega de una persona ─nacional o extranjera.  Extradición: debe ser negada por el Estado cuando atente contra los derechos fundamentales de la persona extraditable, la seguridad nacional, el orden público o el interés común. Solicitud de extradición: se encuentra indisolublemente ligada al ejercicio de la soberanía por parte de los Estados interventores. Principio de soberanía nacional: alegada violación. SCJ: composición (LOSCJ). SCJ: atribuciones (Art. 154 Constitución). Pleno de la SCJ: atribuciones (Art. 14 LOSCJ). Principio de soberanía nacional: no se configura una violación. Principio de separación de poderes: apreciación (Art. 4 Constitución). Derecho a recurrir: alegada violación. Derecho a recurrir: supone la posibilidad, adecuada y efectiva, de que toda decisión judicial pueda ser contestada en los términos que a tales fines prevean la Constitución y las leyes (TC/0150/13; TC/0142/14; TC/0563/15). Solicitudes de extradición: las decisiones no son susceptibles de recurso alguno y adquieren la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada (TC/0091/17). Recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional: vía judicial efectiva para el control de constitucionalidad respecto de la decisión judicial resultante de la solicitud de extradición gestionada en su contra (Art. 277 Constitución; Art. 53 LOTCPC). Derecho a recurrir: no se configura una violación. Recurso de revisión penal: sustancia (TC/0500/15). Recurso de revisión penal: condiciones para su procedencia (Art. 428 CPP). Recurso de revisión penal: improcedente al intentar someter una decisión de extradición. Acción directa de inconstitucionalidad: rechaza.

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