Detalle sentencia TC/0204/19

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Publicación: Lunes 15 de Julio , 2019 / 11:53 A. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2018-0335, relativo al recurso de revisión constitucional en materia de amparo interpuesto por la Policía Nacional, y 2) Expediente núm. TC-05-2019-0014

Relativo al recurso de revisión constitucional en materia de amparo interpuesto por el Comité de Retiro de la Policía Nacional, ambos en contra de la Sentencia núm. 030-02-2018-SSEN-00199 dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el dos (2) de julio de dos mil dieciocho  (2018).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Fusión de expedientes: noción y finalidad (TC/0094/12). Principio de celeridad: apreciación (art. 7.2 LOTCPC). Principio de efectividad: apreciación (art. 7.4 LOTCPC). Tribunal Constitucional: competencia (art. 185.4 Constitución; arts. 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: plazo hábil y franco (art. 95 LOTCPC; TC/0080/12, TC/0061/13, TC/0071/13 y TC/0132/1). Especial trascendencia o relevancia constitucional: criterio de admisibilidad y configuración (Art. 100 LOTCPC; TC/0007/12). Acción de amparo: diferencias entre el régimen ordinario y de cumplimiento (TC/0205/14; TC/0050/17). Amparo de cumplimiento: matices que le distinguen del amparo ordinario (TC/0029/18). Revisión constitucional de sentencia de amparo: acoge y revoca. Principio de economía procesal: aplicación (TC/0071/13; TC/0185/13; TC/0012/14; TC/0124/14 y TC/0255/15). Acción de amparo de cumplimiento: régimen (art. 104 y siguientes LOTCPC). Policía Nacional: adecuación de los salarios que devengan los pensionados (art. 111 y 134 Ley 96-04). Medio de inadmisión: rechazado. Acción de amparo de cumplimiento: procedente, acoge y ordena. Voto particular: magistrada Jiménez Martínez.

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