Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Revisión constitucional de sentencia de amparo: competencia (Arts. 185.4 y 277 Constitución; Arts. 9, 53 y 54 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: admisibilidad (Art. 100 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos de admisibilidad: autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada. Especial trascendencia o relevancia constitucional: supuestos de configuración. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: corresponde al recurrente demostrar que la violación es imputable al órgano que dictó la sentencia. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: aplicación de normas legales no puede asumirse como una acción violatoria de algún derecho fundamental. (TC/0057/12 y TC/0039/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: no se configuran requisitos Art. 53.3 LOTCPC. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmisible. Votos particulares: magistrados Castellanos Pizano y Castellanos Khoury.